domingo, 2 de noviembre de 2014

Bienestar Animal en Porcinos parte 1 (glosario)

Bueno ahí que entender que los cerdos mas que tenerlos como mascotas son para consumo humano por lo que comúnmente las leyes que se designan son en relación a la producción y cuidado en los lugares en los que se cuidan, alimentan, transportan y faenan, en esta publicacion solo se hablara de lo que tenga que ver con relacion a porcino solamente pero se dejara la fuente para un estudio mas exstenso de la ley por si gusta

 bueno ahora les daré una pequeña idea de que existe la ley 20.089

Articulo 1
Los crecientes niveles de deterioro de los ecosistemas hacen 
necesario a la sociedad buscar alternativas de producción más amigables con el 
medioambiente. La producción silvoagropecuaria, no ajena a este problema 
global, ha generado alternativas sustentables y ecológicas, destacando la 
Agricultura Orgánica con un creciente desarrollo, tanto en el ámbito nacional 
como mundial.

por lo que es importante

1) no hacer practicas que deterioren los recursos naturales

2) conservar o aumentar la materia orgánica del suelo, reciclando los restos 
de cosecha, poda, estiércol y guano de animales, entre otras prácticas, a 
través de distintos sistemas de incorporación al suelo

estos es una preventiva en la aparición de plagas y 
enfermedades, al mismo tiempo que se incrementa la fertilidad natural de los 
suelos

Articulo 2

Esta Norma tiene por objeto establecer los requisitos para la 
producción, elaboración, etiquetado y comercialización de los productos 
orgánicos, ecológicos o biológicos.


Articulo 3

Para los propósitos de esta Norma, se aplicarán los siguientes 
términos y definiciones:


1)  Aditivo alimentario: sustancia agregada a alimentos, con el propósito de 
satisfacer una necesidad nutricional y/o tecnológica específica (Ejemplo: 
nutriente esencial en la formación de aminoácidos, vitaminas y minerales).

2) Alimentos para animales: materias o sustancias comestibles destinadas a 
ser consumidas por los animales; pueden ser concentrados proteicos o 
energéticos (Ejemplo: granos de una o varias especies, enteros, triturados y/o 
molidos, y sus subproductos); forrajes conservados (Ejemplo: pasto, heno, 
ensilajes, pienso) y forraje verde.

3) Bienestar animal: sistema de manejo en el cual se brinda a los animales 
normas mínimas de protección, sanidad adecuada, acceso a alimentación 
acorde a las características de la especie, evitando maniobras que provoquen 
dolor innecesario y respetando el comportamiento propio de cada especie, 
debiendo además el propietario o propietaria mantener un registro del manejo 
realizado.

4) Compuestos biológicos: virus, sueros, toxinas y productos análogos de 
origen natural o sintético, ya sea que se use para diagnósticos, antitoxinas, 
vacunas; se trate de organismos vivos o muertos; y, los antígenos o 
componentes inmunológicos de microorganismos destinados al uso en 
diagnósticos, tratamientos o prevención de enfermedades animales. 

5)  Crianza de reproducción: conjunto de hembras cuyas crías serán 
incorporadas dentro de una explotación al tiempo de su nacimiento.

6)  Drogas de uso animal: productos utilizados en prácticas de sanidad 
animal. Incluye, además, componentes que se consideran en la dieta con fines 
específicos (Ejemplo: aceleradores de crecimiento, entre otros). No incluye el 
alimento propiamente tal.

7)  Estiércol: fecas, orinas y productos de cama de animales, que no ha sido 
compostado.


8)  Forraje: material vegetal en estado fresco, seco o ensilado (pasto, heno o 
ensilaje) con el cual es alimentado el ganado.


9)  Ganado: cualquier bovino, ovino, caprino, porcino, equino o camélido 
utilizado para alimento o en la producción de un alimento, fibras u otros 
productos de consumo de base agropecuaria; incluye animales domésticos y 
silvestres.

10)  Preparación: operaciones de preservación, clasificación, selección y/o 
procesamiento de un producto agrícola, incluidas la matanza y cortado de 
carnes en productos pecuarios, el envasado de los productos resultantes y las 
modificaciones hechas al rotulado inicial concernientes a la presentación del 
producto orgánico y a los métodos de preservación como producto fresco o 
procesado.

11)  Profilaxis: prevención o conjunto de medidas para evitar una enfermedad.

12)  Suplemento alimenticio: alimento o combinación de varios alimentos 
agregado(s) a una ración para el consumo animal, con el objeto de mejorar el 
balance nutritivo, parámetros de aceptabilidad o los resultados de la ración 
integral. Puede ser:
a) integrado con los otros alimentos al momento de hacer la entrega de 
alimentos a los animales;
b) ofrecido en libre opción, separadamente de otras partes de la ración; y
c) totalmente integrado y mezclado para producir un alimento completo.



1 comentario:

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